El alto tribunal colombiano, expresó: “ORDENAR al señor Presidente de la República que, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente providencia, rectifique por el mismo medio utilizado (red social X) y con características similares las afirmaciones sobre la ocurrencia de fraude electoral en los comicios para Senado de la República de 2014 (partido Mira) y 2022 (coalición Pacto Histórico), y elecciones legislativas de 2026”.
La decisión judicial en la que se impusieron estas medidas se dieron como respuesta a la demanda interpuesta por el abogado Ramiro Bejarano, donde establecieron que el presidente de Colombia, Gustavo Petro, “debe abstenerse de hacer declaraciones o publicar mensajes denunciando irregularidades en el sistema electoral sin tener pruebas”.
“ORDENAR al señor Presidente de la República que se abstenga de emitir afirmaciones iguales o similares a las referidas en el ordenamiento anterior, sin evidencia sólida y razonable, con respecto al proceso electoral del 8 de marzo de 2026 y a los venideros de 2026 (primera vuelta presidencial, 31 de mayo de 2026, y eventual segunda vuelta presidencial, 21 de junio de 2026), dirigidas a cuestionar la confiabilidad de la Organización Electoral integrada por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral”.
Foto: Presidencia de Colombia


