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Corte Constitucional de Colombia tumba artículo que habilitaba matrimonio infantil

La alta corte tumbo un artículo del código civil que permitía el matrimonio infantil en Colombia y desde ahora, las personas que quieran casarse deberán ser mayores de edad, es decir, desde los 18 años de edad.

La alta corte determinó que el matrimonio infantil es una práctica nociva y la edad mínima para casarse es de 18 años. El pasado 13 de noviembre de 2024, el Congreso de la República prohibió este tipo de uniones, pero la nueva ley no ha sido sancionada y, por lo tanto, no ha entrado en vigencia.

La Sala Plena de la Corte tomó esta determinación por considerar que “el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre personas o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución Política de Colombia y al bloque de constitucionalidad”.

La alta corte expresó que las uniones entre o con menores de 18 años constituyen una práctica nociva para los niños y las niñas y con esta anulación del decreto se permitirá ofrecer a las niñas y adolescentes alternativas educativas para desarrollar un juicio informado y poder tomar decisiones de manera libre y autónoma.

Adicionalmente. la Corte Constitucional ordenó a la Defensoría del Pueblo que “en el marco de su labor de difusión y promoción de los derechos humanos, a partir de la notificación de esta decisión, realice las acciones necesarias para identificar las zonas del país con mayor incidencia de matrimonio infantil y uniones tempranas”.

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