Corte Constitucional de Colombia declaró inexequibles los decretos por la conmoción en el Catatumbo

El alto tribunal determinó que su reglamentación y fines perseguían objetivos que no atendían la emergencia humanitaria de los decretos 116 (medidas ambientales y de desarrollo sostenible) y 180 (medidas en cultivos ilícitos y PNIS).

La Corte Constitucional de Colombia, declaró inexequibles los decretos 116 (medidas ambientales y de desarrollo sostenible) y 180 (medidas en cultivos ilícitos y PNIS) expedidos por el Gobierno en el marco de la declaratoria de conmoción interior en el Catatumbo.

El alto tribunal, considero que los dos decretos se fundamentaron y estructuraron en disposiciones que buscaban atender problemas de mucho años que viene afrontando el Catatumbo y no en solventar la crisis humanitaria, por lo cual eran inconstitucionales.

“La Sala reiteró que justificar la expedición del decreto en la necesidad de implementar, de forma urgente y prioritaria, medidas extraordinarias tendientes a impulsar la sustitución de cultivos de uso ilícito en todos los municipios de la región del Catatumbo, desconoce que el problema de los cultivos de uso ilícito es histórico y estructural y, por lo tanto, no puede ser atendido a partir de medidas extraordinarias”, determinó la Corte.

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