Es de recordar que este decreto del gobierno colombiano estaba suspendido de manera provisional desde el mes de enero, para ser revisado por la alta corte.
Para la mayoría de la Corte, no había justificación para acudir a este estado de excepción, previsto por la Constitución únicamente para circunstancias extraordinarias.
El Gobierno apeló ocho razones, entre ellas el hundimiento de la reforma tributaria. Según la decisión de la Sala, ninguno de los argumentos se ajustaba a la característica de hecho sobreviniente. En consecuencia, se caen todos los impuestos decretados por el Ejecutivo al amparo de la emergencia.
La votación final fue de 6-2, con salvamentos parciales de los magistrados Vladimir Fernández y Héctor Carvajal, ambos ternados por el presidente Gustavo Petro.
Foto: Corte Constitucional


