La Superintendencia Nacional de Salud tiene por orden del presidente Petro, el control de la entidad de salud.
La decisión se dio después de revisar la acción de tutela interpuesta por Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., la EPS Sanitas S.A.S. y Juan Pablo Rueda Sánchez, representante legal de estas entidades, contra la Superintendencia de Salud, tras la intervención forzosa impuesta por esta entidad en abril de 2024.
La Corte Constitucional decidió revocar esas decisiones y, en su lugar, amparar el derecho al debido proceso de los accionantes, dejando sin efectos la Resolución 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024, que ordenó la toma de posesión de la EPS Sanitas por un año.
También la Resolución 2024100000003060-6 del 10 de abril de 2024, que corrigió la anterior y la Resolución 2025320030001947-6 del 1 de abril de 2025, que prorrogaba la medida por otro año.
Todas estas resoluciones, explico la Corte, vulneraron el debido proceso de las entidades afectadas, lo que llevó al alto tribunal a ordenar su anulación.