La Corte Constitucional de Colombia tumbo el polémico artículo del Plan Nacional de Desarrollo que según el Gobierno de Petro buscaba agilizar la compra de tierras para la reforma rural, denominado “expropiación exprés”.
En las normas se eliminaban la fase judicial que prevé para el desarrollo de los siguientes procesos:
“Clarificación de la propiedad, deslinde y recuperación de baldíos, extinción judicial del dominio sobre tierras incultas, caducidad administrativa, condición resolutoria del subsidio, reversión y revocatoria de titulación de baldíos”.
Para los demandantes, la norma tiene dos vicios, uno en el proceso de formación de la ley y dos cuestionamientos de fondo, debido a que no hubo publicidad suficiente antes de su aprobación en el Congreso.
El alto tribunal, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Corte, analizó que si se desconoció el principio de publicidad en el segundo debate llevado a cabo en la plenaria del Senado porque: “los senadores no conocieron ni tuvieron la oportunidad de conocer el contenido de la proposición a través de la cual se introdujeron las normas demandadas al proyecto de ley”.
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